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Condiciones de aceptación del uso y la ocupación de residencias estudiantiles

I. Las disposiciones normativas asociadas a las residencias estudiantiles se encuentran establecidas en el Reglamento de becas, beneficios y servicios a estudiantes de la Universidad Nacional, el Reglamento de uso de las instalaciones de la Universidad Nacional y el Reglamento para prevenir, investigar y sancionar las faltas comunes y el acoso laboral.

II. La Universidad Nacional, por mi condición de becaria/o Omar Dengo y para prestar el servicio de hospedaje, me asignó en calidad de préstamo un dormitorio en la residencia estudiantil (instalación de la Universidad).

III. El plazo del préstamo para el uso y ocupación de la residencia será durante el I y II ciclo lectivo del 2026, lo anterior, siempre y cuando cumpla con los requisitos y normas establecidas. Eventualmente puede ampliarse hasta el III ciclo (verano). Si, en el transcurso del ciclo lectivo, se da incumplimiento de los requisitos y las obligaciones, el servicio puede ser suspendido.

IV. En el dormitorio asignado únicamente podrán ingresar las personas residentes asignadas a este. El incumplimiento será sancionado de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de becas, beneficios y servicios a estudiantes de la Universidad Nacional.

V. El dormitorio asignado no podrá ser cambiado con otras personas residentes, salvo con el consentimiento expreso y por escrito, de las profesionales en trabajo social encargadas de residencias estudiantiles.

VI. La Universidad Nacional se reserva el derecho de realizar de manera periódica y sin previo aviso, la revisión de dormitorios y otras áreas, para garantizar el estado óptimo de los mismos, incluyendo las condiciones de limpieza, orden y seguridad. Este incumplimiento, será sancionado de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de becas, beneficios y servicios a estudiantes de la Universidad Nacional.

VII. Todo el mobiliario y equipo que esté en el dormitorio que se me asigna (cama/camarote, mesa/escritorio, silla, mueble almacenaje y router inalámbrico), lo recibo para mi uso exclusivo y me comprometo a cuidarlo y me obligo a cubrir el costo individual en caso de pérdida o daño, que no provenga del uso normal o del desgaste natural. El incumplimiento será sancionado de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de becas, beneficios y servicios a estudiantes de la Universidad Nacional.

VIII. Me comprometo a no guardar alimentos perecederos dentro del dormitorio, no cocinar, ni planchar ropa en el dormitorio, no colocar cortinas ni cartones u otros, alrededor del camarote, en los puntos de entrada de aire sobre la puerta o en otros lugares no asignados para esto.

IX. La ubicación de equipo eléctrico adicional para mi uso personal, dentro del dormitorio, debe estar autorizado en forma escrita por una profesional del Área de Residencias, cualquier daño o accidente ocasionado tanto al equipo, infraestructura o terceras personas, será mi responsabilidad y debo asumir los respectivos costos.

X. El sector o piso habitacional tiene menaje para uso común (cocina, refrigeradora, microondas, lavadora, mobiliario, entre otros), los cuales recibo en forma colectiva con las personas residentes del mismo sector o piso asignado, para nuestro uso y cuido dentro de los espacios establecidos. En caso de cambio de ubicación o traslado será sancionado de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de becas, beneficios y servicios a estudiantes de la Universidad Nacional.

XI. Acepto la obligación de almacenar todos los alimentos que se deben refrigerar, congelar, así como guardar en alacenas, solo en recipientes con cierre hermético de material plástico o vidrio. Para evitar daños, solo haré uso de estos si cumplo con esta medida.

XII. Acepto la obligación a cubrir el costo individual o costo colectivo de daños, según corresponda, del mobiliario, electrodomésticos, enseres e instalaciones que me son facilitados, si les ocasioné cualquier destrucción que no provenga del uso normal o del desgaste natural por el tiempo. De lo contrario, me someto a lo establecido en el Reglamento de Becas, Beneficios y Servicios a Estudiantes de la Universidad Nacional.

XIII. Acepto la obligación y me comprometo a no reproducir, ni prestar las llaves del dormitorio o la tarjeta de acceso a la Residencia, ni entregarlas a personal administrativo ni académico no autorizado, a devolverlas cuando renuncie al servicio de residencia, cuando sean requeridas por las personas responsables de la residencia o concluya el plazo establecido en las presentes condiciones de uso y ocupación de las Residencias Estudiantiles y asumir el costo de estas en caso de daño o pérdida. El incumplimiento se sancionará como se establece en el Reglamento de Becas, Beneficios y Servicios a Estudiantes de la Universidad Nacional.

XIV. Me comprometo a cerrar adecuadamente las puertas de acceso a residencias y de dormitorios, evitar el acceso de personas no residentes que no están autorizadas a ingresar.

XV. En caso de robo o daño a bienes de mi propiedad dentro de las instalaciones que habito, exonero a la Universidad de cualquier responsabilidad.

XVI. Acepto la obligación y me comprometo a mantener limpio los espacios de uso común que utilice, asumir las responsabilidades de aseo, respetar el horario de limpieza y desinfección, determinado por la organización interna y de acuerdo con las disposiciones establecidas por las profesionales que integran el Área de Residencias Estudiantiles.

XVII. Acepto la obligación y me comprometo a evitar el ruido, dentro de las instalaciones de residencias estudiantiles después de las 10 p.m. y antes de las 7 a.m.

XVIII. Me comprometo con la tolerancia y el respeto hacia las demás personas residentes y a reflejar un compromiso colectivo, para construir una convivencia saludable.

XIX. Me comprometo a asumir mis deberes y responsabilidades y a integrarme de forma activa en las acciones que desarrolle el Área de Residencias Estudiantiles, para propiciar un ambiente de armonía, comunicación asertiva, sana convivencia, solidaridad y responsabilidad.

XX. Acepto la obligación a participar de manera activa en al menos un proyecto de promoción y sana convivencia gestionado por el Área de Residencias Estudiantiles, así como en actividades que sean convocadas por alguna instancia de la Vicerrectoría de Vida Estudiantil.

XXI. Me comprometo a hacer uso constante del correo institucional, para comunicación y recibir notificaciones oficiales referentes a mi condición de persona estudiante becada.

XXII. Manifiesto que conozco y acepto que la Universidad Nacional cuenta con cámaras ubicadas en espacios comunes como perímetros de los edificios, entrada a los edificios, pasillos y cocinas de sector. Los espacios en los que se ubican son aquellos en los cuales se desarrollan actividades de convivencia en general, y que se refieren a un espacio público en el cual interactúan las personas. Está prohibida la instalación en áreas privadas como los interiores de las habitaciones, baños y vestuarios.

Las grabaciones de las cámaras de vigilancia institucional pueden ser usadas como prueba ante eventuales incumplimientos de la normativa de residencias estudiantiles, delitos ante la ley y también como recurso en procesos disciplinarios. La información recopilada será de uso exclusivo del Departamento de Bienestar Estudiantil para la aplicación de la normativa, y en faltas como hurtos, consumo de drogas o violencia, será elevada a la instancia universitaria que corresponda.