El Sistema de Becas a Estudiantes de la Universidad Nacional es un instrumento sustantivo para el cumplimiento de la misión institucional, impulsa estrategias y acciones mediante las cuales la institución favorece la formación académica a nivel superior de estudiantes.
Ofrece oportunidades de becas y beneficios a estudiantes que provienen de sectores en desventaja social, así como a quienes se destacan por su liderazgo en el ámbito académico, paraacadémico, artístico y deportivo.
A continuación, puede accesar a más información sobre el Sistema de Becas:
Becas
Becas por Situación Socioeconómica:
Constituyen una oportunidad para el acceso y permanencia a la educación superior de estudiantes, especialmente de quienes proceden de los sectores de la población menos favorecidos o excluidos de los beneficios de desarrollo.
Entre estas becas están:
Categorías de la beca por condición socioeconómica
Categorías de la beca por condición socioeconómica
La categoría se determina con base en la situación socioeconómica de la persona estudiante y su grupo familiar. Requiere la presentación de una “solicitud” y documentos de respaldo.
Períodos de solicitud |
Estudiantes nuevo ingreso admisión 2025: a partir del 2 de diciembre 2024 y hasta el 10 de enero 2025, período para descargar la solicitud de categoría de beca, Beca Omar Dengo y Beca Luis Felipe González. Ingrese aquí para descargar formularios y guías. Renovación categoría (vigencia solicitud 2022-2025) y solicitud primera vez: del 4 al 22 de agosto 2025, período para adquirir la solicitud y la guía. Nota: la categoría de beca que se asigne aplica a partir del I Ciclo 2026. 👉 Resultado (disponible en SIBEUNA): 3 de octubre de 2025. Dar clic para ir a la guía que muestra cómo consultar el resultado. 👉 Periodo de revisión al resultado (programe cita en el SIBEUNA): del 6 al 15 de octubre de 2025. Dar clic para ir a la guía que contiene los pasos para agendar cita. |
Sobre las personas beneficiarias de la beca por condición socioeconómica
Podrán ser personas beneficiarias de las becas por condición socioeconómica, estudiantes regulares de la Universidad Nacional que hayan demostrado dentro del plazo y procedimiento establecido, una limitada condición económica ante el Departamento de Bienestar Estudiantil o la Unidad de Vida Estudiantil en sedes y secciones regionales y que son:
- Costarricenses por nacimiento o naturalización.
- Centroamericanos y del Caribe, con condición migratoria vigente de residente permanente, refugiado o solicitante de refugio.
- Estudiantes extranjeras de México y Sudamérica, con condición migratoria vigente de residente permanente, refugiado o solicitante de refugio. En tales casos, la Universidad resolverá de acuerdo con las posibilidades presupuestarias. Sobre las categorías y la exención en el pago de créditos.
Sobre las categorías y la exención en el pago de créditos
La Universidad Nacional, aplica la siguiente tabla en la exoneración del pago de los créditos:
Categoría de beca | Beneficio de exoneración pago de créditos |
0 | 0% |
1 | 20% |
2 | 40% |
3 | 60% |
4 | 80% |
5 | 100% |
Vigencia de la beca
La asignación rige por cuatro años consecutivos, independiente de los cambios que pueda presentar la categoría de beca en ese periodo. Puede ser prorrogada por única vez para un período de dos años consecutivos y la solicitud de prórroga (renovación) se hace en el cuarto año de vigencia, dentro del periodo establecido por el Departamento de Bienestar Estudiantil.
En los casos de estudiantes que proceden de otra universidad e ingresan a la Universidad Nacional para continuar el grado de licenciatura, se otorga una vigencia de dos años consecutivos, sin opción de prórroga.
Se puede considerar la ampliación de la vigencia de la categoría hasta por un período máximo de dos años para estudiantes que, en el sexto año de vigencia, soliciten un estudio dentro del periodo establecido por el Departamento de Bienestar Estudiantil y por las siguientes situaciones:
- Ajustes académicos y atención de necesidades educativas, debidamente justificadas por el Departamento de Orientación y Psicología.
- Con suspensión de estudios por situaciones excepcionales psicosociales, debidamente documentadas y que de manera directa inciden en la culminación del plan de estudio en el tiempo estipulado.
- Con autorización de ingreso a otra carrera, de conformidad con el Artículo 11 del Reglamento de Becas, beneficios y servicios a estudiantes de la Universidad Nacional.
Requisitos para mantener la categoría de beca
Para mantener la categoría de beca, el becario socioeconómico deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- Mantener el perfil de becado/a.
- Haber matriculado un mínimo de 18 créditos en el año lectivo anterior.
- Haber aprobado al menos el 80% de los créditos matriculados en el año lectivo anterior.
En los casos de incumplimiento del requisito b) o el requisito c), o ambos requisitos, le será disminuida la exoneración de que goce, en un 20%. Si en el año siguiente, cumple nuevamente con los requisitos académicos, se reasignará la categoría de beca originalmente otorgada. En caso de incumplir consecutivamente con lo establecido en este artículo en materia de aprobación y matrícula de créditos, se aplicará la disminución en el porcentaje señalado.
¿Cómo calcular el porcentaje de aprobación de créditos?
Paso 1: sume la cantidad de créditos matriculados en el I y II ciclo (en caso que también tenga créditos en modalidad anual, debe sumarlos).
Paso 2: sume la cantidad de créditos aprobados en el I y II Ciclo (en caso que también tenga créditos en modalidad anual, debe sumarlos).
Paso 3: divida la cantidad de créditos aprobados entre el total de créditos matriculados y multiplique por 100 para obtener el porcentaje. Si el porcentaje es inferior al 80% entonces su categoría de beca se recalificará a una inferior.
¿Cómo solicitar revisión de la recalificación por incumplimiento de requisitos académicos?
En situaciones excepcionales, la persona becaria podrá solicitar revisión de la recalificación de la categoría de beca, ante el Departamento de Bienestar Estudiantil o la Unidad de Vida Estudiantil en las sedes y secciones regionales, dentro del plazo establecido.
- Si adicional a la categoría usted tiene o tuvo la Beca Luis Felipe González o la Beca Omar Dengo.
👉 Ingrese aquí para conocer las instrucciones y el periodo. - Si solo tiene categoría de beca socioeconómica de la 1 a la 4 y no cuenta con antecedente Beca Luis Felipe González o la Beca Omar Dengo.
👉 Ingrese aquí.
Actualización de la información
La persona beneficiaria de alguna categoría de beca por condición socioeconómica, está obligada a brindar información fidedigna en su solicitud de beca e informar al Departamento de Bienestar Estudiantil o a la Unidad de Vida Estudiantil en sedes y secciones regionales, acerca de cualquier variación de su situación socioeconómica, académica o personal que incida o pueda incidir en su condición de becario (a), en un tiempo no mayor de 30 días naturales posterior al hecho o los hechos.
La categoría socioeconómica puede modificarse por cambio calificado y sustancial en la situación socioeconómica del hogar, aun sin haber vencido el período para el que fue otorgada. Lo anterior, según el procedimiento establecido por el Departamento de Bienestar Estudiantil.
Consideraciones generales
Completar una solicitud de beca, no implica que la Universidad Nacional otorgará de forma automática el beneficio solicitado.
El resultado se informará al correo electrónico estudiantil universitario de la persona estudiante.
Ante la inconformidad por el resultado la persona estudiante puede recurrir la revisión en un plazo no mayor a los ocho días hábiles una vez recibido el resultado y quienes aplicaron la revisión y mantienen la inconformidad, pueden recurrir a la apelación en un plazo no mayor a los 8 días hábiles una vez informado el resultado de la revisión.
Las personas estudiantes que registren beneficios de beca aplicados a una primera carrera, no podrán obtener beneficios de beca para cursar una segunda carrera.
Beca Luis Felipe González Flores
Beca Luis Felipe González Flores
Otorga como beneficio un aporte económico mensual durante el período lectivo. Mediante esta asistencia económica y acciones socioeducativas promueve una atención integral de la persona becada.
Períodos de solicitud |
Estudiantes nuevo ingreso admisión 2025: a partir del 2 de diciembre 2024 y hasta el 10 de enero 2025, período para descargar la solicitud de categoría de beca, Beca Omar Dengo y Beca Luis Felipe González. Ingrese aquí para descargar formularios y guías. Solicitud III Ciclo 2024 (verano): ingrese al SIBEUNA a partir de las 8:00 a.m. del 4 de diciembre y hasta las 9:00 p.m. del 5 de diciembre de 2024. 👉 Conozca el detalle de la prioridad para la asignación de esta beca. Solicitud cita en el SIBEUNA estudiantes regulares que incumplen requisitos académicos para mantener la categoría de beca: a partir de las 8:00 a.m. del 11 de noviembre y hasta las 5:00 p.m. del 15 de noviembre de 2024. Solicitud 2025 estudiantes regulares con categoría de beca 5 vigente: ingrese al SIBEUNA a partir de las 8:00 a.m. del 13 de enero y hasta las 11:00 p.m. del 19 de enero de 2025. 👉 Resultado (disponible en SIBEUNA): 14 de febrero de 2025. Dar clic para ir a la guía que muestra cómo consultar el resultado. 👉 Periodo de revisión al resultado (programe cita en el SIBEUNA): del 17 al 26 de febrero 2025. Dar clic para ir a la guía que contiene los pasos para agendar cita. |
Requisitos y obligaciones de la Beca Luis Felipe González Flores
- Realizar la solicitud en el periodo establecido.
- Tener en estado aprobado y vigente la categoría socioeconómica 5.
- Matricular el bloque completo de materias del plan de estudio de la carrera. Algunas excepciones se establecen en los Artículos 26 y 34 del Reglamento de Becas, beneficios y servicios a estudiantes de la Universidad Nacional.
- No ser un funcionario de la institución.
- Asistir y cumplir con los programas institucionales orientados al logro académico en caso de pérdida de cursos y rezago académico.
Vigencia de beca
Se otorga por un año y se renueva anualmente, si la persona becaria cumple con los requisitos y obligaciones establecidos.
En caso de que persona becaria, en el transcurso del ciclo lectivo realice modificaciones en el cumplimiento de los requisitos, se puede suspender o ajustar el monto económico asignado.
Retiro de materias
La persona estudiante que cuenta con este tipo de beca y requiera realizar el retiro de materias, deberá gestionar una autorización de la Trabajadora Social para realizar el retiro correspondiente.
Consideraciones generales
Completar una solicitud de beca, no implica que la Universidad Nacional otorgará de forma automática el beneficio solicitado.
El resultado se informará al correo electrónico estudiantil universitario de la persona estudiante.
Ante la inconformidad por el resultado la persona estudiante puede recurrir la revisión en un plazo no mayor a los ocho días hábiles una vez recibido el resultado y quienes aplicaron la revisión y mantienen la inconformidad, pueden recurrir a la apelación en un plazo no mayor a los 8 días hábiles una vez informado el resultado de la revisión.
Las personas estudiantes que registren beneficios de beca aplicados a una primera carrera, no podrán obtener beneficios de beca para cursar una segunda carrera.
Beca Omar Dengo (Residencia Estudiantil)
Beca Omar Dengo (Residencia Estudiantil)
Esta beca está dirigida a apoyar a estudiantes que proceden de los sectores de la población en mayor desventaja socioeconómica y de las zonas más alejadas en relación con el centro universitario. Consiste en un aporte económico mensual, durante el período lectivo y la ubicación en una residencia estudiantil.
La Universidad Nacional cuenta con residencias estudiantiles en los campus universitarios Omar Dengo, Benjamín Núñez, Pérez Zeledón, Sarapiquí, Nicoya y Liberia.
Períodos de solicitud |
Estudiantes nuevo ingreso admisión 2025: a partir del 2 de diciembre 2024 y hasta el 10 de enero 2025, período para descargar la solicitud de categoría de beca, Beca Omar Dengo y Beca Luis Felipe González. Ingrese aquí para descargar formularios y guías. Solicitud III Ciclo 2024 (verano): ingrese al SIBEUNA a partir de las 8:00 a.m. del 4 de diciembre y hasta las 9:00 p.m. del 5 de diciembre de 2024. 👉 Conozca el detalle de la prioridad para la asignación de esta beca. Solicitud cita en el SIBEUNA estudiantes regulares que incumplen requisitos académicos para mantener la categoría de beca: a partir de las 8:00 a.m. del 11 de noviembre y hasta las 5:00 p.m. del 15 de noviembre de 2024. Solicitud BOD 2025 estudiantes regulares con categoría de beca 5 vigente: ingrese al SIBEUNA a partir de las 8:00 a.m. del 13 de enero y hasta las 11:00 p.m. del 19 de enero de 2025. 👉 Resultado (disponible en SIBEUNA): 14 de febrero de 2025. Dar clic para ir a la guía que muestra cómo consultar el resultado. 👉 Periodo revisión al resultado (programe cita en el SIBEUNA): 17 al 26 de febrero 2025. Dar clic para ir a la guía que contiene los pasos para agendar cita. |
Requisitos de la Beca Omar Dengo
Para ser estudiante residente, deberán cumplirse con los siguientes requisitos:
- Presentar la solicitud en el período establecido por el Departamento de Bienestar Estudiantil.
- Tener en estado aprobado y vigente la categoría socioeconómica 5.
- Matricular el bloque completo de materias, según el plan de estudio de la carrera. Algunas excepciones se establecen en los Artículos 26 y 34 de del Reglamento de becas, beneficios y servicios a estudiantes de la Universidad Nacional.
- Tener un promedio académico igual o superior a 80 en los dos últimos años de secundaria, en el caso de estudiantes de nuevo ingreso, según información suministrada por el Departamento de Registro de la Universidad Nacional.
- Tener un promedio igual o mayor a 8.0 en el periodo lectivo anterior y con aprobación del 100% de los créditos matriculados, en el caso de estudiantes regulares, según información suministrada por el Departamento de Registro de la Universidad Nacional.
- Asistir y cumplir con los programas institucionales orientados al logro académico en caso de pérdida de cursos y rezago académico.
- En caso que aplique a la renovación del servicio de residencias, no haber recibido, en el año lectivo anterior, más de dos llamadas de atención por escrito de parte de la persona que ocupa el puesto de coordinador o coordinadora de Residencias Estudiantiles, por incumplimiento de lo indicado en el documento “Condiciones de aceptación del uso y ocupación de las residencias estudiantiles”.
- No laborar en ninguna institución pública o privada.
Asimismo, el estudiantado debe cumplir las siguientes obligaciones:
- Aceptar, firmar y cumplir con las “Condiciones de aceptación del uso y ocupación
de las residencias estudiantiles”. - Participar de manera activa al menos en un proyecto de promoción y sana convivencia
en la residencia estudiantil, durante su permanencia en ésta.
Vigencia de la beca
La Beca Omar Dengo, se otorgará por un año y podrá renovarse anualmente en el periodo establecido, si se cumplen con los requisitos establecidos.
En caso que la persona estudiante, en el transcurso del año lectivo realice modificaciones en el cumplimiento de los requisitos académicos, previa valoración, se podrá suspender o ajustar el monto económico asignado.
Retiro de materias
La persona estudiante, que cuenta con este tipo de beca y requiera realizar el retiro de materias, deberá gestionar la autorización de la Trabajadora Social para realizar el retiro correspondiente.
Consideraciones generales
Completar una solicitud de beca, no implica que la Universidad Nacional otorgará de forma automática el beneficio solicitado.
El resultado se informará al correo electrónico estudiantil universitario de la persona estudiante.
Ante la inconformidad por el resultado la persona estudiante puede recurrir la revisión en un plazo no mayor a los ocho días hábiles una vez recibido el resultado y quienes aplicaron la revisión y mantienen la inconformidad, pueden recurrir a la apelación en un plazo no mayor a los 8 días hábiles una vez informado el resultado de la revisión.
Las personas estudiantes que registren beneficios de beca aplicados a una primera carrera, no podrán obtener beneficios de beca para cursar una segunda carrera.
Más información de las residencias estudiantiles en www.vidaestudiantil.una.ac.cr/residencias.
Beca de Posgrado
Beca de Posgrado
Podrá otorgarse un aporte económico mensual a estudiantes egresados de la Universidad Nacional que han sido admitidos en un posgrado institucional y que demuestren una limitada condición socioeconómica.
Períodos de solicitud |
Periodo solicitud estudiantes universitarios regulares: ingrese al SIBEUNA a partir de las 8:00 a.m. del 24 de febrero y hasta las 5:00 p.m. del 28 de febrero de 2025. 👉 Resultado (disponible en SIBEUNA): 21 de marzo de 2025. 👉 Periodo de revisión al resultado (programe cita en el SIBEUNA): del 24 de marzo al 2 de abril 2025. |
Requisitos de la Beca de Posgrado
- Matricular el bloque completo, según el plan de estudio.
- Cumplir con la valoración de la situación socioeconómica y demostrar una limitada condición socioeconómica.
- No pertenecer al funcionariado de la Universidad Nacional.
- Aprobar el 100% de los cursos matriculados.
Consideraciones generales
Completar una solicitud de beca, no implica que la Universidad Nacional otorgará de forma automática el beneficio solicitado.
El resultado de la Beca de Posgrado, será informado al correo estudiantil.
Ante la inconformidad por el resultado la persona estudiante puede recurrir el proceso de revisión y apelación, en el periodo establecido.
Vigencia de la beca
La beca de posgrado, se otorgará por un año y podrá renovarse anualmente en el periodo establecido y si se cumple con los requisitos establecidos.
En caso que la persona estudiante, en el transcurso del año lectivo realice modificaciones en el cumplimiento de los requisitos académicos, previo cumplimiento del debido proceso se podrá suspender o ajustar el monto asignado.
Becas por Rendimiento Académico:
Tienen como propósito motivar la excelencia académica y la participación de estudiantes en determinados campos de interés institucional.
Se definen tres tipos de becas por rendimiento académico:
Beca de Honor
Beca de Honor
Se concede a estudiantes regulares de la Universidad Nacional destacados académicamente y otorga como beneficio la exoneración total del pago de créditos.
Períodos de solicitud |
Estudiantes regulares y de nuevo ingreso: puede realizar la solicitud en el SIBEUNA a partir de las 8:00 a.m. del 17 de marzo y hasta las 5:00 p.m. del 21 de marzo de 2025. 👉 Resultado (disponible en SIBEUNA): 25 de abril 2025. 👉 Periodo revisión al resultado (programe cita en el SIBEUNA): 28 abril al 8 de mayo 2025. |
Requisitos de la beca
Para acogerse a los beneficios de la Beca de Honor, el estudiantado debe cumplir con los siguientes requisitos
- Completar la solicitud de beca dentro del plazo establecido por el Departamento de Bienestar Estudiantil.
- Matricular del plan de estudio de la carrera, un mínimo de ocho créditos trimestrales o 12 en modalidad ciclo. Para las carreras que incluyen en la malla curricular cursos en modalidad anual y de ciclo, el mínimo es de 24 créditos por año lectivo, considerando para el periodo lectivo actual un mínimo de matrícula de 12 créditos. La excepción a esta disposición será cuando las unidades académicas en el plan de estudio de la carrera establezcan un creditaje inferior a los 12 créditos. No incluye la excepción el Trabajo Final de Graduación.
- Tener un promedio académico igual o superior a 9.0 en los dos últimos años de secundaria y obtener una nota de admisión a la Universidad Nacional igual o superior a 9.0 en el caso de estudiantes de nuevo ingreso. Ambos promedios según los criterios y la información suministrada por el Departamento de Registro de la Universidad Nacional.
- Tener en el año lectivo anterior: el promedio académico igual o superior a 9.0, matrícula mínima de 24 créditos y haber aprobado el 100% de los créditos
matriculados, en el caso de los estudiantes regulares de la Universidad. Lo anterior, según los criterios y la información suministrada por el Departamento de Registro de la Universidad Nacional. La excepción a la disposición de los 24 créditos en el periodo lectivo anterior, será cuando las unidades académicas en el plan de estudio de la carrera establezcan un creditaje inferior a los 24 créditos anuales. No incluye la excepción el Trabajo Final de Graduación.
Vigencia de la beca
Esta beca rige por un año lectivo y podrá ser renovada por un período máximo de 5 años lectivos, siempre y cuando no contrarié lo establecido en el Artículo 11 del Reglamento de Becas, beneficios y servicios a estudiantes de la Universidad Nacional.
Consideraciones generales
Completar una solicitud de beca, no implica que la Universidad Nacional otorgará de forma automática el beneficio solicitado.
El resultado se informará al correo electrónico estudiantil universitario de la persona estudiante.
Ante la inconformidad por el resultado la persona estudiante puede recurrir la revisión en un plazo no mayor a los ocho días hábiles una vez recibido el resultado y quienes aplicaron la revisión y mantienen la inconformidad, pueden recurrir a la apelación en un plazo no mayor a los 8 días hábiles una vez informado el resultado de la revisión.
Las personas estudiantes que registren beneficios de beca aplicados a una primera carrera, no podrán obtener beneficios de beca para cursar una segunda carrera.
Estudiante Asistente
Beca Estudiante Asistente
Es un estímulo que se otorga a estudiantes regulares destacados académicamente que poseen aptitudes y destrezas comprobadas para colaborar y desempeñarse en áreas de interés institucional.
Procedimiento
En caso de alcanzar los requisitos establecidos en la normativa institucional, postule sus datos ante la unidad o dependencia universitaria de su interés.
La dependencia que cuenta con asignación de horas, selecciona entre las personas aspirantes, a quienes cumplen los requisitos y cuenten con el perfil requerido.
Una vez realizada la selección, la dependencia universitaria procede a incluir en el SIBEUNA la solicitud de nombramiento, según periodo y procedimiento definido por el Departamento de Bienestar Estudiantil.
Períodos de digitación de solicitudes de nombramiento de estudiantes asistentes (dependencias universitarias) | |
Enero * (ver nota) | 6 al 10 enero 2025 |
Febrero * (ver nota) | 20 al 24 enero 2025 |
Marzo | 10 al 14 febrero 2025 |
Abril | 10 al 14 marzo 2025 |
Mayo | 7 al 10 de abril 2025 |
Junio | 5 al 9 de mayo 2025 |
Julio | 9 al 13 de junio 2025 |
Agosto | 2 al 4 julio / 13 al 18 de julio 2025 |
Setiembre | 11 al 14 de agosto 2025 |
Octubre | 8 al 12 de setiembre 2025 |
Noviembre | 6 al 10 de octubre 2025 |
Diciembre * (ver nota) | 3 al 7 noviembre 2025 |
* Nota: en las categorías estudiante asistente académico y graduado, únicamente para nombramientos con fuente de financiamiento vía FUNDAUNA, Unidad Especializada o modificaciones presupuestarias aprobadas. La categoría Vida Estudiantil y Consejo Universitario, puede realizar nombramientos, según la disponibilidad de horas para el periodo. Período ingreso nombramientos de estudiantes asistentes con exención del pago de créditos y sin aporte económico, exclusivo unidades académicas: I Ciclo: 10 al 14 febrero 2025 |
Categorías de Estudiante Asistente
Estudiante asistente académico: está dirigida al estudiantado regular de la Universidad Nacional que cursa una carrera universitaria, según lo definido en el Artículo 11 del Reglamento de Becas, beneficios y servicios a estudiantes de la Universidad Nacional y se orienta a la participación de los estudiantes a la acción sustantiva de la universidad: investigación, extensión, docencia, producción, y administración académica.
Como beneficios económicos la persona estudiante recibe la exención total del pago de los créditos y un aporte económico mensual definido por el Consejo de Becas, independiente de su fuente de financiamiento.
Para realizar una solicitud de nombramiento en esta categoría, la dependencia universitaria debe contar con horas disponibles del tipo académico.
Estudiante asistente en Vida Estudiantil: está dirigida al estudiantado regular de la Universidad Nacional que cursan una carrera universitaria, según lo definido en el Artículo 11 del Reglamento de Becas, beneficios y servicios a estudiantes de la Universidad Nacional y se orienta a la participación activa del estudiante en procesos, programas, proyectos, iniciativas y estrategias que se desarrollan desde la Vicerrectoría de Vida Estudiantil o desde otras instancias que apoyan el quehacer de esta Vicerrectoría, quehacer orientado hacia el fortalecimiento del desarrollo integral del estudiantado
Como beneficios económicos la persona estudiante recibe la exención total del pago de los créditos y un aporte económico mensual definido por el Consejo de Becas, independiente de su fuente de financiamiento.
Para realizar una solicitud de nombramiento en esta categoría, la dependencia universitaria debe contar con horas disponibles del tipo Vida Estudiantil.
Estudiante asistente graduado: esta categoría corresponde a una asignación limitada de horas por año, sujeta a la disponibilidad presupuestaria y se prioriza mediante recursos generados por vínculo externo remunerado o cooperación externa y está dirigido a estudiantes regulares que han alcanzado un grado de bachillerato y/o licenciatura en la Universidad Nacional. Promueve la participación, el intercambio de conocimientos y aportes del estudiantado graduado a la acción sustantiva de la universidad, generándose un proceso de enriquecimiento mutuo que conlleve a potenciar el desarrollo profesional y dicha acción sustantiva.
Como beneficio económico la persona estudiante recibe únicamente un aporte económico mensual definido por el Consejo de Becas, independiente de su fuente de financiamiento.
Para realizar una solicitud de nombramiento en esta categoría, la dependencia universitaria debe contar con horas disponibles del tipo “graduado”.
Estudiante asistente con exención del pago de créditos (sin aporte económico): estudiantes aspirantes que cumplan con la totalidad de los requisitos en la categoría de estudiante asistente académico y que no estén elegidos por limitaciones presupuestarias, podrán ser tomados en cuenta como estudiantes asistentes.
Recibirán como único beneficio económico la exención total del pago de los créditos y deberán ser nombrados como mínimo por un ciclo lectivo y cumplir un mínimo de 10 horas por semana.
El máximo de asistentes sin aporte económico a nombrar por las unidades, será aprobado anualmente por el Consejo de Becas, ante propuesta del Departamento de Bienestar Estudiantil.
Estudiante asistente del Consejo Universitario: se otorga a estudiantes regulares destacadas académicamente para apoyar las tareas relativas a este órgano.
Para esta categoría el estudiantado debe estar cursando al menos el tercer nivel de la carrera y tener al menos un año de permanencia en la Universidad Nacional.
Otorga la exención total del pago de los créditos y como beneficio un aporte económico mensual
Requisitos:
a) Matrícula
Matricular, según lo establecido en el Artículo 11 del Reglamento de Becas, beneficios y servicios a estudiantes de la Universidad Nacional, un mínimo de 6 créditos en modalidad trimestral, 9 créditos en modalidad ciclo o 18 en modalidad anual. Cuando la matrícula contemple cursos de dos o más modalidades, el mínimo de créditos matriculados debe ser 9. Cuando la unidad académica establezca en el plan de estudios de la carrera un creditaje inferior, se exceptúa de esta disposición; asimismo, a estudiantes de licenciatura y posgrado que tienen aprobado su anteproyecto de graduación y se encuentran realizándolo. No se considera la aplicación de esta excepción a estudiantes que contaron con la beca de estudiante asistente y no aprobaron su trabajo final de graduación.
b) Promedio
Categorías académico, en Vida Estudiantil y Consejo Universitario:
Tener un promedio académico igual o superior a 7.5 en los dos últimos años de secundaria, según los criterios y la información suministrada por el Departamento de Registro de la Universidad Nacional, en el caso de estudiantes de nuevo ingreso.
Tener un promedio académico ponderado igual o superior a 7.5 según los criterios y la información suministrada por el Departamento de Registro de la Universidad Nacional. En el caso de estudiantes regulares, que cuenten con aprobación de ingreso a otra carrera, pueden solicitar que se tome como promedio, el obtenido en esta otra carrera.
Tener un promedio académico ponderado igual o superior a 7.5 en su historial académico completo/general, en el caso del estudiantado procedente de otras instituciones de educación superior.
Categoría Graduado:
Tener un promedio académico ponderado igual o superior a 8.0, según los criterios y la información suministrada por el Departamento de Registro de la Universidad Nacional.
c) Horas de servicio
El nombramiento del estudiante asistente se realiza por un mínimo de cuatro horas y un máximo de veinte horas semanales.
Para la estimación del total de horas a cumplir por el estudiante asistente, se utiliza como cálculo la cantidad de horas del nombramiento por 4.33 promedio de semanas al mes y ese total por la cantidad de meses del nombramiento.
d) No ser una persona funcionaria de la Universidad Nacional
e) Cuenta bancaria y registro en SIBEUNA
Toda persona estudiante que se proponga para un nombramiento como estudiante asistente debe contar con una cuenta activa en colones en el Banco Nacional de Costa Rica, lo anterior, para poder realizar el depósito del beneficio de la beca.
La persona estudiante asistente, deberá proceder con el registro en el SIBEUNA, caso contrario no se podrá hacer efectivo el giro del beneficio económico y una vez aplicado el cierre contable para el periodo vigente, no podrá hacerse efectivo un beneficio retroactivo.
Sobre las funciones de estudiantes asistentes
La persona designada como estudiante asistente debe cumplir funciones considerando competencias propias de su disciplina y potenciales a desarrollar. Colabora en labores de docencia, investigación, extensión, producción, de vida estudiantil y de acciones de relaciones externas, bajo la supervisión y responsabilidad de la persona funcionaria.
La persona designada como estudiante asistente, no podrá sustituir ni parcial ni totalmente al personal universitario; asimismo, no es persona funcionaria de la Universidad Nacional, por lo que no le son aplicables a su actividad las regulaciones propias de las relaciones laborales entre personas funcionarias y la institución, tutelada en la normativa interna y externa.
Sobre la vigencia de la beca estudiante asistente
Esta beca rige para cada ciclo lectivo y es otorgada hasta por un lapso de seis años lectivos,
siempre y cuando no contraríe lo establecido en el Artículo 11 del Reglamento de becas, beneficios y servicios a estudiantes de la Universidad Nacional. Se exceptúan el estudiantado que curse estudios de posgrado, ya que pueden disfrutar de esta beca por un máximo de dos años adicionales, lo anterior, siempre y cuando cumplan los requisitos y obligaciones establecidas.
Consideraciones generales
Completar una solicitud de beca, no implica que la Universidad Nacional otorgará de forma automática el beneficio solicitado.
El resultado de una solicitud de nombramiento estudiante asistente se informará en caso de no calificación, a la dependencia universitaria que realizó la designación.
Los créditos matriculados por la persona estudiante, deben corresponder a materias de la malla curricular de la carrera de ingreso que llevan a la obtención del grado.
Las personas estudiantes que registren beneficios de beca aplicados a una primera carrera, no podrán obtener beneficios de beca para cursar una segunda carrera.
Ante inconformidad por el resultado, la persona estudiante puede recurrir la revisión y apelación al resultado.
Becas y beneficios para la movilidad académica estudiantil internacional
Becas y beneficios para la movilidad académica estudiantil internacional
Como parte de los beneficios estudiantiles, se podrá otorgar becas y ayuda económicas a estudiantes regulares de la Universidad Nacional que tengan la posibilidad de participar en procesos de movilidad académica estudiantil.
Ayuda económica para la movilidad académica estudiantil internacional
Se podrá otorgar un aporte económico a estudiantes regulares de la Universidad Nacional que tengan la posibilidad de participar en eventos académicos tales como cursos cortos, talleres, pasantías, prácticas profesionales y como ponentes en seminarios y congresos de experiencias de movilidad académica internacional afines a la carrera.
Lo anterior, según los criterios aprobados por el Consejo de Becas y la disponibilidad presupuestaria institucional.
Para este aporte, el estudiantado debe cumplir los siguientes requisitos:
-
Ser costarricense o residente permanente en el país.
-
Tener un rendimiento académico promedio ponderado igual o superior a 7.5, según la información suministrada por el Departamento de Registro de la Universidad Nacional.
-
Matricular de la malla curricular del plan de estudio de la carrera, según lo establecido en el Artículo 11 del Reglamento de becas, beneficios y servicios a estudiantes de la Universidad Nacional, un mínimo de seis créditos modalidad trimestral, nueve en modalidad ciclo o dieciocho en modalidad anual. Cuando la matrícula contemple cursos de dos o más modalidades, el mínimo de créditos matriculados debe ser nueve. Se exceptúa de esta disposición a estudiantes de licenciatura que tienen aprobado su anteproyecto de graduación y se encuentran realizándolo, asimismo, cuando las unidades académicas en el plan de estudio establezcan un creditaje inferior o la Unidad no otorgue las condiciones para cumplir este requisito.
-
Contar preferiblemente con categoría de beca socioeconómica que otorgue exoneración parcial o total.
-
Cumplir el proceso según lo definido por el Departamento de Bienestar Estudiantil.
Y la siguiente obligación:
- Presentar un informe sobre las actividades realizadas, en el plazo y procedimiento establecido por el Departamento de Bienestar Estudiantil.
Períodos de solicitud | |
Si el evento de movilidad es en: | Ingrese la solicitud en SIBEUNA |
Marzo | A partir de las 8:00 a.m. del 3 de febrero y hasta las 5:00 p.m. del 7 de febrero 2025 |
Abril | A partir de las 8:00 a.m. del 3 de marzo y hasta las 5:00 p.m. del 7 de marzo 2025 |
Mayo | A partir de las 8:00 a.m. del 1 de abril y hasta las 5:00 p.m. del 4 de abril 2025 |
Junio | A partir de las 8:00 a.m. del 5 de mayo y hasta las 5:00 p.m. del 9 de mayo 2025 |
Julio | A partir de las 8:00 a.m. del 2 de junio y hasta las 5:00 p.m. del 6 de junio 2025 |
Agosto | A partir de las 8:00 a.m. del 1 de julio y hasta las 5:00 p.m. del 4 de julio 2025 |
Setiembre | A partir de las 8:00 a.m. del 4 de agosto y hasta las 5:00 p.m. del 8 de agosto 2025 |
Octubre | A partir de las 8:00 a.m. del 1 de setiembre y hasta las 5:00 p.m. del 5 de setiembre 2025 |
Noviembre | A partir de las 8:00 a.m. del 6 de octubre y hasta las 5:00 p.m. del 10 de octubre 2025 |
Enero o febrero 2026 | A partir de las 8:00 a.m. del 3 de noviembre y hasta las 5:00 p.m. del 7 de noviembre 2025 |
Utilice la guía de solicitud para realizar este proceso. |
Becas de Intercambio a nivel de Grado
Estas becas promueven oportunidades para que la persona estudiante realice estudios por un ciclo lectivo o semestre en universidades extranjeras.
Los beneficios de esta beca, están definidos en la carta de entendimiento o convenio que la Universidad Nacional estableció con cada universidad anfitriona.
Requisitos beca de intercambio estudiantil a nivel de grado
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Ser costarricense o residente permanente en el país.
-
Tener un promedio ponderado igual o superior a 8.0, según la información suministrada por el Departamento de Registro de la Universidad Nacional.
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Cumplir el proceso de selección según lo definido por el Departamento de Bienestar Estudiantil y los requisitos establecidos por la universidad anfitriona.
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Matricular en la universidad anfitriona una carga académica no menor de cuatro cursos.
-
Aprobar la totalidad de cursos matriculados y tramitar la certificación de notas en la universidad anfitriona, según los lineamientos estipulados por el Departamento de Registro de la Universidad Nacional.
-
Presentar ante el Departamento de Bienestar Estudiantil el acuerdo del Consejo de Unidad donde autoriza la ida del estudiante y la equivalencia de los cursos del plan de estudio correspondiente.
Y las siguientes obligaciones:
-
Participar a su regreso al país, en algún proceso de la institución sin remuneración, por el equivalente a un octavo de tiempo durante un ciclo, según criterios establecidos por el Departamento de Bienestar Estudiantil.
-
Una vez aprobados los cursos en el exterior y de acuerdo con la tabla de equivalencia acordada por el Consejo de Unidad, tramitar el reconocimiento de materias según equivalencias.
Consideraciones generales
Completar una solicitud de beca, no implica que la Universidad Nacional otorgará de forma automática el beneficio solicitado.
El resultado se informará al correo electrónico estudiantil universitario de la persona estudiante.
Ante la inconformidad por el resultado la persona estudiante puede recurrir la revisión en un plazo no mayor a los ocho días hábiles una vez recibido el resultado y quienes aplicaron la revisión y mantienen la inconformidad, pueden recurrir a la apelación en un plazo no mayor a los 8 días hábiles una vez informado el resultado de la revisión.
Los requisitos académicos deben corresponder a materias de la malla curricular de la carrera de ingreso de la persona estudiante que llevan a la obtención del grado.
Becas por Participación Relevante:
Estas becas son un reconocimiento al estudiantado que representa a la institución en diversos campos de su interés y un estímulo al sentido de pertenencia e identidad con la Universidad Nacional.
Otorgan como un beneficio la exención total en el pago de los créditos. Cuando la situación lo amerite esta beca podrá incluir entre sus beneficios una ayuda económica para gastos derivados de la representación institucional.
Se definen dos tipos de becas por participación relevante, a saber:
Beca por Participación en Actividades Artísticas y Deportivas
Beca por Participación en Actividades Artísticas y Deportivas
Podrán acogerse a esta beca, estudiantes regulares de la Universidad Nacional, integrantes acreditados de los grupos artísticos y equipos deportivos representativos de la Universidad Nacional, que el Departamento de Promoción Estudiantil determine cada año.
Para postular esta beca se requiere:
- Consultar en el Departamento de Promoción Estudiantil o en la Unidad de Vida Estudiantil en el caso de sedes y secciones regionales, los grupos y equipos disponibles, así como las fechas de inscripción a las pruebas. Información de los grupos de la sede Heredia en www.vidaestudiantil.una.ac.cr/inscripcionagrupaciones.
- Realizar la inscripción y aplicar las pruebas. El periodo y los procedimientos son definidos por el Departamento de Promoción Estudiantil.
- En caso de obtener la acreditación, completar para cada ciclo, la solicitud de beca en el SIBEUNA en el periodo establecido.
Períodos de solicitud |
I Ciclo: ingrese al SIBEUNA a partir de las 8:00 a.m. del 17 de marzo y hasta las 5:00 p.m. del 21 de marzo 2025. 👉 Resultado (disponible en SIBEUNA): 25 de abril 2025. 👉 Periodo revisión al resultado (programe cita en el SIBEUNA): 28 abril al 8 de mayo 2025. II Ciclo: ingrese al SIBEUNA a partir de las 8:00 a.m. del 18 de agosto y hasta las 5:00 p.m. del 22 de agosto de 2025. 👉 Resultado (disponible en SIBEUNA): 12 de setiembre 2025. 👉 Periodo revisión al resultado (programe cita en el SIBEUNA): 16 al 25 de setiembre 2025. |
Requisitos para obtener la beca artística y deportiva
- Completar la solicitud de beca dentro del plazo establecido y según el procedimiento definido por el Departamento de Bienestar Estudiantil.
- Matricular de la malla curricular del plan de estudios de la carrera, según lo establecido en el Artículo 11 del Reglamento de becas, beneficios y servicios a estudiantes de la Universidad Nacional, un mínimo de seis créditos modalidad trimestral, nueve créditos en modalidad ciclo o dieciocho en modalidad anual. Cuando la matrícula contemple cursos de dos o más modalidades, el mínimo de créditos matriculados debe ser nueve. Se exceptúa de esta disposición a estudiantes de licenciatura que tienen aprobado su anteproyecto de graduación y se encuentran realizándolo. Asimismo, cuando las unidades académicas en el plan de estudio de la carrera establezcan un creditaje inferior.
Para mantener o renovar esta beca adicional al requisito de matrícula el estudiantado debe cumplir con:
- Permanecer como integrante de la agrupación artística o equipo deportivo, lo anterior, según los criterios y procedimientos establecidos por la Dirección del Departamento de Promoción Estudiantil.
- Aprobar un mínimo de seis créditos trimestrales o nueve en modalidad ciclo de la malla curricular del plan de estudio de la carrera, según lo establecido en el Artículo 11 del Reglamento de becas, beneficios y servicios a estudiantes de la Universidad Nacional. Para las carreras que incluye en la malla curricular, cursos en modalidad anual y de ciclo, el mínimo será de dieciocho créditos por año lectivo. Se exceptúa de esta disposición a estudiantes de licenciatura que tienen aprobado su anteproyecto de graduación y se encuentran realizándolo. Asimismo, cuando las unidades académicas en el plan de estudio de la carrera establezcan un creditaje inferior.
Vigencia de la beca
Estas becas rigen por un ciclo lectivo y es renovada por un periodo máximo de cinco años lectivos, siempre y cuando no contraríe lo establecido en el Artículo 11 del Reglamento de becas, beneficios y servicios a estudiantes de la Universidad Nacional.
Consideraciones generales
Completar una solicitud de beca, no implica que la Universidad Nacional otorgará de forma automática el beneficio solicitado.
El resultado se informará al correo electrónico estudiantil universitario de la persona estudiante.
Ante la inconformidad por el resultado la persona estudiante puede recurrir la revisión en un plazo no mayor a los ocho días hábiles una vez recibido el resultado y quienes aplicaron la revisión y mantienen la inconformidad, pueden recurrir a la apelación en un plazo no mayor a los 8 días hábiles una vez informado el resultado de la revisión.
Las personas estudiantes que registren beneficios de beca aplicados a una primera carrera, no podrán obtener beneficios de beca para cursar una segunda carrera.
Beca por Participación en el Movimiento Estudiantil
Becas por Participación en el Movimiento Estudiantil
Esta beca se otorga a quienes ejerzan representación estudiantil, según lo establecido en el artículo 18 del Estatuto Orgánico. Otorga como beneficio la exoneración total del pago del costo del crédito:
a) Miembros del Directorio de la Federación de estudiantes.
b) Miembros del Tribunal de elecciones estudiantiles.
c) Miembros del Consejo de Asociaciones estudiantiles.
d) Miembros gobierno estudiantil de sedes y secciones regionales.
Períodos de solicitud |
Período de reporte estudiantes acreditados por parte de la Junta Directiva del TEEUNA, ante el Departamento de Bienestar Estudiantil: I Ciclo: 3 al 7 de marzo de 2025. 👉 Resultado (disponible en SIBEUNA): 25 de abril 2025. 👉 Periodo revisión al resultado (programe cita en el SIBEUNA): 28 abril al 8 de mayo 2025. II Ciclo: 4 al 8 de agosto de 2025. 👉 Resultado (disponible en SIBEUNA): 12 de setiembre 2025. 👉 Periodo revisión al resultado (programe cita en el SIBEUNA): 16 al 25 de setiembre 2025. |
Requisitos de la Beca en el Movimiento Estudiantil
- Matricular de la malla curricular del plan de estudio de la carrera, según lo establecido en el Artículo 11 del Reglamento de becas, beneficios y servicios a estudiantes de la Universidad Nacional, un mínimo de seis créditos modalidad trimestral, nueve créditos en modalidad ciclo o dieciocho en modalidad anual. Cuando la matrícula contemple dos o más modalidades, el mínimo de créditos matriculados debe ser nueve. Se exceptúa de esta disposición a estudiantes de licenciatura que tienen aprobado su anteproyecto de graduación y se encuentran realizándolo. Asimismo, cuando las unidades académicas en el plan de estudios de la carrera establezcan un creditaje inferior.
Para mantener o renovar esta beca adicional al requisito de matrícula del inciso a. el estudiantado debe cumplir con:
- Aprobar de la malla curricular del plan de estudio de la carrera, según lo establecido en el Artículo 11 del Reglamento de becas, beneficios y servicios a estudiantes de la Universidad Nacional, un mínimo de seis créditos trimestrales o nueve en modalidad ciclo. Para las carreras que incluye en la malla curricular, cursos en modalidad anual y de ciclo, el mínimo será de dieciocho créditos por año lectivo.
Vigencia de la beca
Estas becas rigen por un ciclo lectivo y es renovada por un periodo máximo de cinco años
lectivos, siempre y cuando no contraríe lo establecido en el Artículo 11 del Reglamento de becas, beneficios y servicios a estudiantes de la Universidad Nacional.
Consideraciones generales
Completar una solicitud de beca, no implica que la Universidad Nacional otorgará de forma automática el beneficio solicitado.
El resultado se informará al correo electrónico estudiantil universitario de la persona estudiante.
Ante la inconformidad por el resultado la persona estudiante puede recurrir la revisión en un plazo no mayor a los ocho días hábiles una vez recibido el resultado y quienes aplicaron la revisión y mantienen la inconformidad, pueden recurrir a la apelación en un plazo no mayor a los 8 días hábiles una vez informado el resultado de la revisión.
Las personas estudiantes que registren beneficios de beca aplicados a una primera carrera, no podrán obtener beneficios de beca para cursar una segunda carrera.
Beca a Personas Funcionarias:
Beca Funcionario
Beca a personas funcionarias
De conformidad con el artículo 126 de la Convención Colectiva, se otorga la exoneración total del pago de los créditos a las personas funcionarias de la Universidad Nacional.
Para acogerse a este beneficio, las personas funcionarias quedan obligados a completar la solicitud de beca en los períodos establecidos por el Departamento de Bienestar Estudiantil.
Períodos de solicitud |
I Ciclo: ingrese al SIBEUNA a partir de las 8:00 a.m. del 17 de marzo y hasta las 5:00 p.m. del 21 de marzo 2025. 👉 Resultado (disponible en SIBEUNA): 25 de abril 2025. 👉 Periodo revisión al resultado (programe cita en el SIBEUNA): 28 abril al 8 de mayo 2025. II Ciclo: ingrese al SIBEUNA a partir de las 8:00 a.m. del 18 de agosto y hasta las 5:00 p.m. del 22 de agosto 2025. 👉 Resultado (disponible en SIBEUNA): 12 de setiembre 2025. 👉 Periodo revisión al resultado (programe cita en el SIBEUNA): 16 al 25 de setiembre 2025. |
Vigencia de la beca
Esta beca rige por cuatro años consecutivos, en el caso de personas funcionarias en propiedad y podrá ser renovada en los períodos establecidos por el Departamento de Bienestar Estudiantil.
En el caso de personas funcionarias con nombramiento a plazo fijo, la vigencia es según el período de nombramiento y corresponderá renovar la solicitud de beca según el período establecido por el Departamento de Bienestar Estudiantil.
Consideraciones generales
Completar una solicitud de beca, no implica que la Universidad Nacional otorgará de forma automática el beneficio solicitado.
El resultado se informará al correo electrónico estudiantil universitario de la persona estudiante.
Ante la inconformidad por el resultado la persona estudiante puede recurrir la revisión en un plazo no mayor a los ocho días hábiles una vez recibido el resultado y quienes aplicaron la revisión y mantienen la inconformidad, pueden recurrir a la apelación en un plazo no mayor a los 8 días hábiles una vez informado el resultado de la revisión.
Las personas estudiantes que registren beneficios de beca aplicados a una primera carrera, no podrán obtener beneficios de beca para cursar una segunda carrera.
Otros Beneficios:
Aportes económicos
Aportes económicos
Consiste en un aporte económico para gastos por requerimientos académicos (compra de libros, antologías, zapatos para giras u otros, según necesidad específica de la carrera principal que cursa), salud (necesidades médicas, odontológicas y oftalmológicas), o en situaciones especiales, previa valoración del equipo de profesionales en trabajo social del Departamento de Bienestar Estudiantil y de la Unidad de Vida Estudiantil en sedes y secciones regionales.
El monto de la ayuda es definido de conformidad con los criterios aprobados por el Consejo de Becas y se hace efectivo según la disponibilidad presupuestaria
Pueden optar por este beneficio, estudiantes que tengan exoneración total en el pago de créditos, con prioridad en la asignación, para la población estudiantil becada por condición socioeconómica.
Procedimiento:
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Ingresar la solicitud en el SIBEUNA, en el plazo definido.
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En caso de contar con documento probatorio para la valoración, debe subirlo al SIBEUNA (un solo archivo formato PDF).
-
La profesional en Trabajo Social realiza la valoración y puede solicitar al correo estudiantil datos o documentos, según corresponda.
-
El resultado de la solicitud, será informado al correo electrónico estudiantil.
-
En caso de aprobación, deberá subir la factura de cancelación (en formato PDF) en SIBEUNA, en el período que se le indica en el correo del resultado.
Períodos de solicitud | |
Puede ingresar la solicitud en el SIBEUNA en los siguientes periodos: I Ciclo
II Ciclo
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Conceptos y montos máximos de los aportes 2024:
Concepto | Monto máximo |
Lentes | ¢ 40.000 |
Odontología y tratamientos de salud | ¢ 71.400 |
Calzado especializado según carrera y bultos | ¢ 42.840 |
Reparación computadora | ¢ 100.000 |
Compra de computadora (únicamente disponible en el I evento) | ¢ 200.000 |
Material didáctico (carreras del CIDEA) | ¢ 61.200 |
Material didáctico (otras carreras) | ¢ 30.600 |
Libros | ¢ 40.800 |
Congresos locales | ¢ 71.400 |
Práctica profesional (transporte): según referencia los costos de pasajes y los días de traslado | ¢ 70.000 |
Traslado para participar en actos institucionales | ¢ 16.000 |
Consulte la guía para personas estudiantes de solicitud de aportes económicos
Aportes económicos del Fondo Humanista
Aportes económicos del Fondo Humanista
Podrá valorase una ayuda en las siguientes situaciones:
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Situaciones que afectan su salud y bienestar integral y que amenacen directamente su proyecto académico, según criterio médico del Departamento de Salud:
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Defunción del estudiante con beca socioeconómica según recomendación del Departamento de Bienestar Estudiantil.
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Una pérdida parcial o total de la vivienda o lugar de residencia del estudiante según recomendación del Departamento Bienestar Estudiantil.
Califican las situaciones que no pueden ser atendidas por los servicios estudiantiles de la Universidad Nacional, por coberturas de pólizas de seguro, ni de forma oportuna por el sistema de salud del país, y que por su situación socioeconómica no puede acceder a la atención y servicios requeridos a nivel privado.
El monto de la ayuda se determinará de conformidad con lo establecido por el Consejo de Becas y se hará efectiva según la disponibilidad presupuestaria institucional.
Para acceder a estos recursos se deberá cumplir con los plazos y procesos establecidos por los departamentos involucrados según corresponda.
Procedimiento para el inciso a) situaciones que afectan su salud y bienestar integral y que amenacen directamente su proyecto académico:
-
Toda persona estudiante que quiera aplicar a este fondo por situaciones de salud debe realizar la solicitud en un plazo no mayor a los 30 días naturales de ocurrida la situación de salud ante la Dirección del Departamento de Salud, para esto deberá remitir de forma escrita impresa o mediante correo electrónico
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. los datos que incluyen; nombre completo, número de identificación, contactos telefónicos, correo electrónico y aportar copia de la cédula de identidad. -
La solicitud debe ir acompañada de los siguientes documentos:
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Un certificado médico oficial de la Caja Costarricense del Seguro Social, del INS o privado con la papelería oficial del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica o del Colegio de Cirujanos Dentistas de Costa Rica, que indique el padecimiento (diagnóstico) y el procedimiento necesario.
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Dos cotizaciones con menos de un mes de emitidas, sobre el costo del procedimiento que necesita.
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La dirección del Departamento de Salud coordinará una cita de valoración médica con la persona solicitante y realizará las gestiones necesarias para emitir el criterio médico, el cual se le entregará por escrito a la persona solicitante.
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Con el documento emitido por el Departamento de Salud, la persona estudiante deberá solicitar por escrito y de manera confidencial el criterio de quien ocupa la subdirección de la unidad académica en la que se encuentra matriculado, de la dirección académica en el caso de Sedes, de la subdirección de Sección Regional o de quien ocupa el cargo de coordinador académico en la Sede Interuniversitaria. El documento debe referir a la importancia de atender la situación planteada por el estudiante por considerar que amenaza directamente su proyecto académico.
-
La persona estudiante entregará el criterio emitido por la autoridad competente referida en el punto 4, al Departamento de Salud.
-
En caso de contar con los criterios necesarios para la toma de decisión y aprobación, el Departamento de Salud, según disponibilidad presupuestaria y lo aprobado por el Consejo de Becas, emitirá un oficio dirigido al Programa de Gestión Financiera para girar la ayuda, con copia a la Dirección del Departamento de Bienestar Estudiantil.
-
Ya sea que se cuente o no con los criterios suficientes para aprobar la ayuda, el Departamento de Salud enviará un oficio a la persona estudiante con la resolución final y su justificación.
- El estudiante en un plazo no mayor a 3 meses posterior al depósito de la ayuda deberá enviar al correo
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. la factura de pago por el procedimiento aprobado.
Cuando se trate de situaciones de salud mental o emocional, la dirección del Departamento de Salud delegará en la dirección del Departamento de Orientación y Psicología (DOP) la decisión y aprobación de la ayuda, según disponibilidad presupuestaria. Para los siguientes casos se acogerán las siguientes instrucciones:
-
Las personas profesionales en Psicología del Departamento de Orientación y Psicología (DOP) y de las Unidades de Vida Estudiantil de las Sedes y Sección Regional, que identifique a estudiantes que requieran aplicar a este fondo por situaciones de salud mental, verificarán el cumplimiento de los criterios de inclusión (motivo de tratamiento, factores de riesgo, redes de apoyo) establecidos y aprobados previamente a nivel institucional por el equipo de psicología y la dirección del Departamento de Orientación y Psicología (DOP) y deberán aplicar los procedimientos y realizar las gestiones correspondientes.
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Comprobados los criterios, las personas profesionales en psicología, emitirá criterio profesional el cual se le entregará por escrito a la persona estudiante.
-
Con el documento emitido por el o la profesional en psicología, la persona estudiante deberá solicitar por escrito y de manera confidencial el criterio de quien ocupa la subdirección de la unidad académica en la que se encuentra matriculado, de la dirección académica en el caso de sedes, de la subdirección de Sección Regional o de quien ocupa el cargo de coordinador académico en la Sede Interuniversitaria. El documento debe referir a la importancia de atender la situación planteada por el estudiante por considerar que amenaza directamente su proyecto académico.
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La persona estudiante entregará el criterio emitido por la autoridad competente referida en el punto 3, a la dirección del Departamento de Orientación.
-
La dirección del Departamento de Orientación y Psicología (DOP), según disponibilidad presupuestaria y lo aprobado por el Consejo de Becas, emitirá un oficio al Programa de Gestión Financiera para girar una ayuda mensual para el pago del servicio de psicoterapia. El documento deberá enviarse en las fechas establecidas por el Programa y con copia a las direcciones del Departamento de Salud y del Departamento de Bienestar Estudiantil.
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Cuando se trate de estudiantes matriculados en las sedes o sección regional, el oficio de solicitud de aprobación de la ayuda deberá ser remitido a la dirección del Departamento de Orientación por la persona profesional en psicología con el visto bueno de la coordinación de la Unidad de Vida Estudiantil.
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El Programa de Gestión Financiero y los Departamentos de la Vicerrectoría de Vida Estudiantil involucrados en este proceso realizará las acciones de control necesarias para garantizar el adecuado uso de los recursos provenientes de este Fondo Humanista.
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Las personas estudiantes que se beneficien de este tipo de ayuda suscribirán un acuerdo en el cual se comprometen a cumplir los requisitos establecidos para el seguimiento al servicio y control del presupuesto otorgado.
Procedimiento para el inciso b) Defunción del estudiante con beca socioeconómica
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La persona familiar identificada por la persona estudiante en el sistema de matrícula, como beneficiaria de la póliza y que requiera aplicar a este fondo, debe realizar en un plazo no mayor a los 30 días naturales de ocurrida la situación ante la Dirección del Departamento de Bienestar Estudiantil la solicitud, de forma escrita impresa, que incluya Nombre completo, número de identificación, parentesco con la persona estudiante fallecida, detalle de la dirección del domicilio, contactos telefónicos y correo electrónico, así como el número de identificación, nombre completo de la persona estudiante fallecida.
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La solicitud debe ir acompañada de los siguientes documentos:
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Certificado de defunción de la persona estudiante.
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Documentos comprobatorios de gastos asociados a la situación de fallecimiento de la persona estudiante.
-
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La dirección del Departamento de Bienestar Estudiantil, coordinará y trasladará a la profesional en Trabajo Social, la solicitud para la valoración correspondiente.
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La profesional en Trabajo Social verificará la definición de beneficiarios en el sistema de matrícula y emitirá el criterio. Comunicará el resultado a la persona solicitante. En los casos de aprobación de la ayuda, se gestionará ante la Sección de Tesorería el giro correspondiente.
-
En caso de aprobación, el monto de la ayuda se definirá según lo aprobado por el Consejo de Becas y según la disponibilidad presupuestaria.
Procedimiento para el inciso c) Una pérdida parcial o total de la vivienda o lugar de residencia del estudiante:
- La persona estudiante que requiera aplicar a este fondo debe realizar en un plazo no mayor a los 30 días naturales de ocurrida la situación ante la Dirección del Departamento de Bienestar Estudiantil la solicitud de forma escrita impresa, que incluya Nombre completo, número de identificación, detalle de la dirección del domicilio, contactos telefónicos y correo electrónico.
- La solicitud debe ir acompañada de los siguientes documentos:
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Documento comprobatorio de la pérdida parcial o total de la vivienda, emitido según corresponda por la Comisión Nacional de Emergencia o Municipalidad.
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Documentos comprobatorios de gastos asociados a la situación.
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- La dirección del Departamento de Bienestar Estudiantil, coordinará y trasladará a la profesional en Trabajo Social, la solicitud para la valoración correspondiente.
- La profesional en Trabajo Social realizará la valoración y emitirá el criterio. Comunicará el resultado a la persona solicitante. En los casos de aprobación de la ayuda, se gestionará ante la Sección de Tesorería el giro correspondiente.
- En caso de aprobación el monto se definirá según lo aprobado por el Consejo de Becas y según la disponibilidad presupuestaria.
Aportes económicos para giras académicas
Aportes económicos para giras académicas
Podrán tener acceso a una ayuda para gastos, las personas estudiantes que cuenten con la categoría de beca socioeconómica 5 y cuya carrera contemple en su programa de curso y/o el plan de estudio giras académicas de más de un día.
El monto de la ayuda se determinará de conformidad con lo establecido por el Consejo de Becas y se hará efectiva según la disponibilidad presupuestaria institucional.
Procedimiento:
La Unidad Académica deberá incluir en el SIBEUNA la solicitud de aporte para la gira, al menos ocho días hábiles antes de la fecha de salida de la gira.
El Departamento de Bienestar Estudiantil, valorará la aplicación del apoyo solicitado, según lo establecido en la normativa y los criterios aprobados por el Consejo de Becas.
No se tramitarán solicitudes de giras extemporáneas, ni se realizará aplicación retroactiva de beneficios económicos.
En caso de suspensión de la gira, es indispensable que la persona académica responsable de la gira, informe a la Sección de Tesorería, oportunamente sobre la cancelación de la misma.
Consulte la guía para personas funcionarias de solicitud de aporte para giras académicas
Beneficio para pago de cuido de hijos e hijas de personas estudiantes
Beneficio para pago de cuido de hijos e hijas de personas estudiantes
La Universidad Nacional, como institución del Estado, comprometida con los sectores menos privilegiados de la sociedad y cuya misión proclama el interés por contribuir a la creación de una sociedad más equitativa con igualdad de oportunidades, asume la responsabilidad que surge en nuestro país desde la ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño y la aprobación del Código de la Niñez y la Adolescencia.
El Beneficio de pago de cuido de hijas e hijas de estudiantes se brinda en conjunto con la Federación de Estudiantes (FEUNA).
¿En qué consiste?
Es un aporte económico dirigido a estudiantes madres o padres que pretende apoyar el pago de cuido de sus hijas e hijos, mientras atienden sus responsabilidades académicas.
¿Quién la puede solicitar?
Pueden optar por este beneficio, personas estudiantes que tengan:
- Una matrícula mínima de 9 créditos por ciclo.
- Que su hija o hijo sea menor de 5 años de edad.
- Perfil socioeconómico que amerite este beneficio.
¿Cuándo se puede solicitar?
Desde el 11 hasta el 15 de marzo de 2024.
En caso de que la niña o el niño nazca posterior a la fecha de solicitud, debe contactarse con la trabajadora social Joselyn Ulate Ulate al correoo
¿Cómo se solicita?
Completando el enlace https://forms.gle/KEakGaWT9JtYrEHB7 en el periodo a partir de las 8:00 a.m. del 10 de marzo y hasta las 5:00 p.m. del 14 de marzo de 2025.
Alianza UNA - CEN CINAI
Alianza entre la UNA y el CEN CINAI
Si usted es una persona estudiante madre o padre con matrícula activa y requiere beneficios por parte del CEN CINAI, tales como:
Atención y protección infantil: atención integral para la protección y cuido diario de niñas y niños, en horario diurno o nocturno, en un entorno seguro y estimulante para propiciar el óptimo crecimiento y desarrollo.
Nutrición preventiva: actividades para la protección de alimentación saludable mediante comidas servidas diarias o bien, distribución mensual de alimentos y leche para consumo en el hogar, acompañado de educación nutricional, para prevenir la malnutrición y promover una vida saludable.
Promoción del crecimiento y desarrollo: valoraciones del crecimiento y desarrollo infantil, atención interdisciplinaria y educación al grupo familiar en salud, nutrición, crianza y socialización de sus hijos e hijas.
Para obtener más información, puede ponerse en contacto con la trabajadora social que le atiende, de acuerdo a su carrera.
Ver información de contactos en www.vidaestudiantil.una.ac.cr/bienestar-contactos#consultas-beca-luis-felipe-gonzalez
Préstamos estudiantiles
Préstamos estudiantiles (No disponible en el 2025)
La Universidad Nacional ofrecerá opciones de créditos a la población estudiantil, sujeto a disponibilidad presupuestaria, para cubrir gastos relacionados con la actividad académica o situaciones derivadas de su condición de estudiante universitario.
Tipos de préstamos
Corto Plazo: son aquellos que se autorizan para cubrir gastos urgentes relacionados directamente con la actividad académica, tales como la compra de material, equipo e instrumentos, gastos de salud, giras de campo, deudas con la universidad.
Mediano Plazo: se otorgan para financiar los gastos académicos requeridos para cursar el plan de estudio, gastos relacionados con el trabajo final de graduación, adquisición de equipo e instrumentos.
Requisitos para obtener un préstamo estudiantil
- Completar la solicitud en el SIBEUNA.
- Ser costarricense.
- Matricular de la malla curricular de la carrera, según lo establecido en el Artículo 11 del Reglamento de Becas, beneficios y servicios a estudiantes de la Universidad Nacional, un mínimo de seis créditos modalidad trimestral, nueve créditos en modalidad ciclo o dieciocho en modalidad anual. Cuando la matrícula se componga de dos o más modalidades, el mínimo de créditos matriculados debe ser nueve. Se exceptúa de esta disposición a estudiantes de licenciatura que tienen aprobado su anteproyecto de graduación y se encuentran realizándolo. Asimismo, cuando las unidades académicas en el plan de estudio de la carrera establezcan un creditaje inferior.
- No ser funcionario/a de la Universidad Nacional.
Consideraciones generales
Completar una solicitud, no implica que la Universidad Nacional, otorgará de forma automática el beneficio solicitado.
Los créditos matriculados deben corresponder a materias de la malla curricular de la carrera de ingreso de la persona estudiante que llevan a la obtención del grado.
El resultado se informará al correo electrónico estudiantil universitario de la persona estudiante.
Valoración por adecuación de pago
Valoración por adecuación de pago
La adecuación de pago consiste en una opción de pago en tractos del cobro de matrícula ante la imposibilidad económica de realizar un solo depósito. El trámite se realiza ante el Programa de Gestión Financiera, pero implica un visto bueno del Departamento de Bienestar Estudiantil, lo anterior con el fin de corroborar la dificultad socioeconómica.
Para solicitar el aval del Departamento de Bienestar Estudiantil para realizar la adecuación de pago ante el Programa de Gestión Financiera, debe escribir un correo electrónico a
Consulte el detalle de los pasos a seguir para aplicar esta gestión en: www.financiero.una.ac.cr/index.php/tramites-estudiantes/169
Períodos de solicitud | |
I Ciclo: Del 16 de junio al 4 de julio del 2025 II Ciclo: Del 3 al 28 de noviembre del 2025 |
Guías y videos
Guías para presentar una solicitud o renovación de beca
A continuación le ofrecemos una serie de guías y videos con los cuales podrá apreciar cómo realizar la solicitud de beca y el registro de las horas en el SIBEUNA.
Descargue nuestras guías (formato pdf):
- Guía para la presentación de solicitudes de becas estudiantiles
- Guía para dependencias universitarias: Nombramiento Estudiante Asistente
- Guía para estudiantes: Registro de Horas Asistente
- Guía para funcionarios: Autorización de Horas Asistente
- Guía para estudiantes: Registro de una cuenta bancaria
- Guía para personas funcionarias: Solicitud aporte económico a estudiantes para gira académica
- Guía para estudiantes: Postulación ayuda para movilidad académica estudiantil
- Guía para estudiantes: Solicitud de aportes económicos
- Guía para estudiantes: Consultar resultados en el SIBEUNA
- Guía para estudiantes: Agendar cita en el SIBEUNA
- Guía para estudiantes: Inscripción a actividades grupales en el SIBEUNA
Observe nuestros videos informativos:
- Sistema de Becas UNA
- Beca socioeconómica para aspirantes de ingreso a la UNA
- Beca de Honor
- Beca Estudiante Asistente
- Beca Artística Deportiva
- Beca Movimiento Estudiantil
Observe nuestros videos de uso del SIBEUNA:
- Solicitud Beca Socioeconómica (categoría, BLF y BOD) estudiantes de nuevo ingreso
- Solicitud Beca Luis Felipe
- Solicitud Beca Omar Dengo
- Solicitud Beca de Honor
- Solicitud Beca Artística-Deportiva
- Solicitud Beca Persona Funcionaria
Fechas depósitos y montos
Fechas de depósito y montos mensuales
Fechas de depósito de becas 2024
Mes | Fecha de depósito |
Marzo | 6 de marzo (pago 11 días de febrero) / 22 de marzo (final de mes) |
Abril | 30 de abril |
Mayo | 31 de mayo |
Junio | 28 de junio |
Julio | 31 de julio |
Agosto | 30 de agosto |
Setiembre | 30 de setiembre |
Octubre | 31 de octubre |
Noviembre | 29 de noviembre |
Montos mensuales según tipo de beca 2024
Beca Omar Dengo (BOD) ₡115.005,00
Beca Luis Felipe Zona Cercana 1 (BLZC1) ₡73.965,00
Beca Luis Felipe Zona Cercana 2 (BLZC2) ₡88.615,00
Beca Luis Felipe Zona Cercana 3 (BLZC3) ₡97.793,00
Beca Luis Felipe Zona Cercana 4 (BLZC4) ₡177.877,00
Beca Luis Felipe Zona Lejana (BLZL) ₡177.877,00
Notas:
- Estos montos están sujetos al cumplimiento de todos los requisitos.
- En algunos casos se ajusta el monto de acuerdo con la matrícula.
Valor de la hora Beca Estudiante Asistente 2024, según categoría y fuente de financiamiento
Categoría estudiante asistente | Valor hora recursos de aplicación general | Rango valor hora recursos FUNDAUNA y Unidad Especializada |
Académico | ¢9 938,00 | ¢9 938,00 a ¢14 907,00 |
Vida Estudiantil | ¢9 938,00 | ¢9 938,00 a ¢14 907,00 |
Graduado | ¢15 038,00 | ¢15 038 a ¢19 876,00 |
Consejo Universitario | ¢9 938,00 | No aplica |
Normas
Normas del Sistema de Becas
A partir del 1 de enero 2023 entra en vigencia el Reglamento de becas, beneficios y servicios a estudiantes de la Universidad Nacional, que regula:
- Los servicios que ofrece la universidad en materia de vida estudiantil.
- El sistema de becas y beneficios estudiantiles.
- Costos de estudio.
- Préstamos estudiantiles.
- Residencias estudiantiles.
- Régimen sancionatorio especial para el sistema de becas y residencias estudiantiles.
- El Fondo de Becas.
Para mayor información consulte el documento completo en Reglamento de becas, beneficios y servicios a estudiantes de la Universidad Nacional
Datos becas
a) ESTUDIANTES CON BECA: en el siguiente vínculo, usted puede consultar los datos que muestran la cantidad de estudiantes con beca por año, incluye características sociodemográficas (edad, estado civil, sexo), procedencia de la persona estudiante (por provincia, cantón, distrito y región) y académicas (tipo colegio de procedencia, carrera prioritaria, campus universitario, área de conocimiento de la carrera, indicador STM): www.datosabiertos.una.ac.cr
b) BECAS OTORGADAS: para obtener de forma precisa este dato, utilice el filtro de año y posteriormente seleccione el periodo lectivo de su interés, el siguiente es el detalle de los códigos (últimos dos números que siguen al año). 10: I Ciclo / 20: II Ciclo / 95: III Ciclo / 00: Anual (carreras con cursos en esta modalidad): www.datosabiertos.una.ac.cr